Así se informó desde la cartera sanitaria nacional, cuyas autoridades dieron cuenta de los alcances de la nueva normativa, que “permite identificar a los trabajadores de la salud que ejerzan en diferentes jurisdicciones, garantizar el adecuado ejercicio profesional y elimina trámites innecesarios”.
El Ministerio de Salud de la Nación anunció que los profesionales de la salud que se desempeñen en organismos o instituciones del Estado Nacional, será “requisito suficiente” la matrícula nacional emitida acorde a la Resolución N° 3320, para el ejercicio de la profesión en estos ámbitos.
“En estos organismos se incluyen la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, entidades autárquicas y cualquier otro ámbito de jurisdicción nacional, en cualquier parte del país”, remarcaron desde la cartera sanitaria nacional.
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