Así se informó desde la cartera sanitaria nacional, cuyas autoridades dieron cuenta de los alcances de la nueva normativa, que “permite identificar a los trabajadores de la salud que ejerzan en diferentes jurisdicciones, garantizar el adecuado ejercicio profesional y elimina trámites innecesarios”.
El Ministerio de Salud de la Nación anunció que los profesionales de la salud que se desempeñen en organismos o instituciones del Estado Nacional, será “requisito suficiente” la matrícula nacional emitida acorde a la Resolución N° 3320, para el ejercicio de la profesión en estos ámbitos.
“En estos organismos se incluyen la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, entidades autárquicas y cualquier otro ámbito de jurisdicción nacional, en cualquier parte del país”, remarcaron desde la cartera sanitaria nacional.
Más historias
El comunicado oficial del Inter Miami sobre la lesión que sufrió Lionel Messi antes el Mundial 2026
Intentó descartar cocaína por la ventanilla del auto durante un control policial y terminó detenido: tenía antecedentes
DEL “NO HAY PLATA” A COMODORO PY: ADORNI YA QUEDÓ EN EL CENTRO DE UNA CAUSA JUDICIAL QUE SACUDE AL GOBIERNO