La Justicia Electoral recordó a la población que el trámite no se realiza en ninguna dependencia pública y que se autogestiona a través de una página web. Quienes se encuentren lejos de su lugar de votación, deberán solicitar un certificado para poder demostrar esa situación.
El trámite de justificación de no emisión de voto es dentro de los 60 días posteriores a la elección. Para eso cada ciudadano a partir del día 13/08 y hasta los 60 días posteriores, deberá ingresar en la página web correspondiente y auto gestionarse el trámite.
A través de la página web infractores.padron.gob.ar, los votantes que no puedan cumplir con su deber ciudadano, deberán realizar un trámite simple que demanda pocos minutos para demostrar la imposibilidad de votar en el día de la elección.
En caso de estar lejos del lugar de votación, se debe adjuntar un certificado de la policía que demuestre esa situación.
Caso contrario, quienes no realicen este trámite, deberán pagar una multa. Las autoridades recordaron además, que la no emisión del voto en las elecciones Primarias (PASO) no es obstáculo para la emisión de voto en Octubre y eventualmente en noviembre.
Esto quiere decir: Quien no votó el 13/08 PUEDE y DEBE emitir su voto en octubre y noviembre.-
En casos especiales se debe mandar mail a: secretariaelectoraltdf@gmail.com
FUENTE>CRONICAS FUEGUINAS
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