Mediante una gacetilla de prensa desde el Gobierno se informo que el Gobernador dispuso por Decreto incrementar del 53 al 60,5 el porcentaje de detracción que se aplica sobre su remuneración de ley que alcanza a casi los dos millones de pesos después del ultimo aumento. Pero todos sabemos que una ley esta sobre un decreto y que incluso ese descuento que aplica Melella actúa en una suerte de caja de ahorro ya que cuando finalice su mandato en diciembre, tanto el como todos los funcionarios cobraran la diferencia descontada y actualizada, tal como paso en la gestion Bertone.
Tampoco desde el Gobierno se informo que este aumento salarial eleva el cobro del desarraigo que se denomina «adicional vivienda» que al menos 250 funcionarios de la gestión Melella, Legisladores y de Entes descentralizados por tener domicilio en Rio Grande perciben actualmente.
Si desde el Ejecutivo provincial quisieran que la medida del supuesto descuento de haberes fuera efectiva, debería ser una Ley aprobada por la legislatura para no mentirle a la gente y por un lado decir que cobran menos pero no aclarar que esa diferencia luego sera cobrada en forma retroactiva.
Según la gacetilla desinformativa del Gobierno Provincial: La medida responde a seguir sosteniendo un esquema de salarios razonables para las jerarquías más altas de Poder Ejecutivo, en equilibrio con el conjunto de haberes percibidos por el resto de los agentes del sector público provincial.
Por tercera vez en lo que va del año, el Gobernador resolvió incrementar por Decreto el porcentaje de suspensión de los aumentos a aplicar sobre su retribución, el que a partir del pasado 14 de septiembre quedó fijado en el 60,5% de la remuneración que le corresponde percibir mensualmente en función de lo que establece el artículo 36 del presupuesto 2021.
Con esta nueva quita Melella busca neutralizar el impacto que sobre su haber tiene el incremento salarial del 20% que dispuso el Tribunal de Cuentas para sus empleados a partir del 1 de agosto, y que actúa como base de cálculo para la determinación de la remuneración de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo provincial y de los legisladores.
De acuerdo a lo establecido en el decreto 2325/23, el porcentaje de suspensión a aplicar sobre la remuneración del Gobernador pasa del 53% al 60,5%, en tanto mantiene en el 21% la suspensión sobre el haber de la Vicegobernadora. Con la aplicación del aumento del 20% en los salarios de escala del personal del Tribunal de Cuentas, la remuneración de ley del mandatario ascendió a partir del 1 de agosto a un bruto de 1.748.852,64 pesos (VER).
Claro que por aplicación de la suspensión dispuesta por el propio Melella, el monto a percibir, previo a descuentos de ley, se ubica en torno a los 691 mil pesos. Es decir, el 39,5% del total que le correspondería percibir por ley.
En el decreto 1325/23 se recuerda que el artículo 36 del presupuesto 2021 estableció la base de cálculo del haber del Gobernador, ya que en la ley 1333 los legisladores fijaron que la remuneración del titular del Ejecutivo provincial sea equivalente a 6 veces la remuneración básica que perciban los agentes Categoría E del Escalafón Profesional Universitario (EPU), y que la de estos sea equivalente al básico de escala de la Categoría A3 del cuerpo de auditores del órgano del Tribunal de Cuentas.
En función de este esquema de enganches, cada vez que el Tribunal de Cuentas le aumenta los salarios a su personal, esa mejora se traslada automáticamente a los agentes del escalafón EPU y por ende también a la del Gobernador, Vicegobernadora, legisladores, autoridades de Cámara y miembros del Gabinete provincial. Ello porque las remuneraciones y dietas de esos funcionarios electos y designados están referenciados con el del titular del Ejecutivo provincial.
La Ley vigente establece que la Vicegobernadora percibe una remuneración equivalente al 95% de la remuneración de ley del Gobernador; los Legisladores del 90%, Ministros y Secretarios de Estado del 66%, demás funcionarios del gabinete de entre el 31 al 61%, y el personal de gabinete de entre el 5 al 31%.
En el considerando de la norma se asevera que “el incremento del porcentaje de suspensión de los haberes que se dispone con el dictado del presente, se fundamenta como una medida excepcional, pero basada en preceptos de justicia y equidad social, entendidos sobre la base de un sistema de gobierno cuyos principales representantes se disponen continuar transitando el camino de acciones tendientes a materializar la política salarial que proponga un sistema más equilibrado, coordinado, armónico, razonable y equitativo dentro del sector Público Provincial”.
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